Economía · · publicada · actualizada · edición del martes 6

Lo nuevo · hoy 17:29ARCA postergó el vencimiento de Ganancias hasta el 30 de octubre

A la espera de Inocencia Fiscal II, postergan Ganancias hasta el 30 de octubre

La agencia recaudadora extendió el plazo para las declaraciones juradas del período fiscal 2025 mientras el Poder Ejecutivo prepara la publicación de la nueva norma.

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Lo central · para leer en 30 segundos

  • ARCA aplazó la entrega de declaraciones juradas del período 2025 del martes 13 al viernes 30 de octubre mediante la Resolución General 5911/2026.
  • La postergación busca otorgar margen operativo ante la inminente promulgación y reglamentar la norma de Inocencia Fiscal II.
  • El nuevo marco elimina los topes de ingresos y patrimonio para ingresar al régimen simplificado que busca incentivar el blanqueo doméstico.
  • Las modificaciones también flexibilizan el criterio de discrepancias patrimoniales y trasladan la carga probatoria íntegramente al fisco.

ARCA postergó este jueves la fecha límite para entregar las declaraciones juradas del período fiscal 2025 para Ganancias. El vencimiento para personas humanas y sucesiones indivisas, programado originalmente para el martes 13 de octubre, se trasladó al viernes 30 de octubre. La medida quedó formalizada a través de la RG 5911/2026, dada a conocer en el Boletín Oficial con el propósito declarado de facilitar el cumplimiento de los contribuyentes.

La extensión representa la quinta postergación que experimenta el calendario tributario para este ciclo. La prórroga responde a las demoras para poner en práctica la ley de Inocencia Fiscal II, sancionada por el Congreso el pasado 17 de septiembre. De acuerdo con fuentes del Poder Ejecutivo citadas por Infobae, la promulgación de la norma y el decreto reglamentario verán la luz este viernes. La inminencia del feriado del lunes por conmemorarse la jornada del Respeto a la Diversidad Cultural reducía a apenas dos jornadas hábiles el tiempo disponible para confeccionar los trámites.

El reclamo de los tributaristas

El pago del tributo se concretó el 27 de julio para resguardar los ingresos fiscales del Estado, pero los especialistas advertían sobre la falta de seguridad jurídica para presentar las declaraciones juradas definitivas. Diversas entidades profesionales alertaron que muchos contribuyentes necesitaban conocer las resoluciones específicas antes de resolver si les convenía volcarse al régimen simplificado o permanecer en el general. Varios tributaristas remarcaron que era materialmente imposible cargar las presentaciones sin las adecuaciones técnicas de los sistemas informáticos.

Además del decreto presidencial, el esquema normativo requiere disposiciones de la Comisión Nacional de Valores, el Banco Central y la Unidad de Información Financiera (UIF). En particular, la UIF dispone de quince días hábiles a partir de la publicación oficial para precisar los requisitos sobre los fondos a declarar. El Gobierno pretende incentivar el ingreso de las divisas ahorradas fuera del circuito bancario, que según estimaciones del Indec superan los 220.000 millones de dólares.

Cambios de fondo y límites

La nueva normativa suprime los techos que restringían el acceso al Régimen Simplificado de Ganancias, fijados en 1.000 millones de pesos en ingresos y un patrimonio de 10.000 millones. Esta modificación ensanchará el universo de aportantes por encima de los 423.000 registrados hasta ahora. A su vez, los contribuyentes podrán rectificar liquidaciones previas sin que el trámite configure una falta grave frente a la autoridad tributaria.

El texto introduce además un criterio más flexible para tipificar la discrepancia significativa, que habilita a ARCA a impugnar las declaraciones y remover la protección legal. La tolerancia del 15% se calculará sobre el impuesto determinado antes de cómputos a cuenta y no sobre el saldo a desembolsar. Tampoco existirá infracción si la diferencia nominal es menor al 5% del piso fijado por la ley penal tributaria, situado en cinco millones de pesos.

La carga probatoria ante supuestas irregularidades recaerá enteramente sobre el fisco, que solo podrá sustentarse en la información declarada por el contribuyente, registros propios y datos de terceros. Los funcionarios públicos que se hayan desempeñado en los últimos cinco años y los grandes contribuyentes podrán ingresar al esquema simplificado, pero quedaron marginados del tapón fiscal y de la presunción de veracidad.

Qué dice cada medio

Clarín: Destaca la publicación formal de la Resolución General 5911/2026 y la meta de canalizar los dólares retenidos fuera del sistema.

El Cronista: Puso el acento en las advertencias de los contadores sobre la falta de tiempo hábil por el feriado antes de que se conociera la prórroga.

Infobae: Aportó la confirmación de fuentes oficiales sobre la publicación inminente de la ley y su vinculación con el plan económico de Luis Caputo.

Ver lo que dicen La Nación y iProfesionalVer menos

La Nación: Hizo foco en la sorpresa y desconcierto de los estudios contables por la demora en publicar una norma sancionada semanas atrás.

iProfesional: Detalló la mecánica técnica de la discrepancia tributaria, la carga probatoria del organismo fiscal y la exclusión de funcionarios.

Cómo evolucionó

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  1. ARCA postergó el vencimiento de Ganancias hasta el 30 de octubre

    La agencia recaudadora formalizó este jueves una nueva prórroga para presentar las declaraciones juradas del período 2025, a la espera de la promulgación y que se reglamente la ley Inocencia Fiscal II prevista para este viernes.

    Según Clarín

  2. Pese a que el Congreso la sancionó hace casi tres semanas, la ley todavía no fue promulgada y los tributaristas reclaman postergar el plazo fijado para el 13 de octubre.

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Fuentes consultadas

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  • iProfesional
  • La Nación
  • Infobae
  • El Cronista
  • Clarín
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