Plazo de seis meses para ABSA: la Corte exige bajar el exceso de arsénico en el agua de Bragado
El máximo tribunal desestimó un planteo de la empresa bonaerense y dejó firme la orden de adecuar el servicio a los límites de salubridad.
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- La Corte Suprema rechazó el reclamo de ABSA y ratificó que la prestataria tiene 180 días para realizar las mejoras necesarias.
- Peritajes de la UBA comprobaron concentraciones que alcanzaban 0,07 miligramos de arsénico por litro, cuando el tope recomendado es de 0,01.
- El litigio judicial comenzó en 2013 mediante un recurso de amparo colectivo presentado por habitantes de la localidad bonaerense de Bragado.
- Los magistrados Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz junto a Ricardo Lorenzetti desestimaron el recurso de la compañía estatal de agua.
El máximo tribunal del país ratificó una resolución judicial que exige a ABSA llevar a cabo tareas de infraestructura para asegurar la potabilidad de la red en Bragado. El máximo tribunal desestimó el último planteo de la compañía prestataria, por lo que quedó firme la orden de concretar los trabajos en un plazo máximo de seis meses.
El conflicto se originó en 2013, cuando un grupo de habitantes del distrito promovió una acción de amparo ante las sospechas por la salubridad del suministro domiciliario. Diversas pericias técnicas a cargo de Farmacia y Bioquímica de la UBA revelaron concentraciones que alcanzaban 0,07 miligramos de arsénico por cada litro. Esta medición multiplica por siete el límite permitido de 0,01 miligramos por litro que establecen el Código Alimentario Argentino y la Organización Mundial de la Salud.
El reclamo vecinal también cuestionó normativas oficiales que habían otorgado excepciones a los topes tolerables de esa sustancia. Durante 2021, el Juzgado del Joven 1 de Mercedes hizo lugar a la demanda y ordenó a ABSA normalizar los parámetros físico-químicos y microbiológicos. La empresa apeló bajo el argumento de que el fallo representaba una invasión sobre la regulación provincial y exigía requisitos ajenos a la ley, pero la Cámara de San Martín y la Suprema Corte provincial respaldaron la sentencia.
Al llegar la causa a la última instancia, los magistrados Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti declararon inadmisible la queja empresaria. Con esta determinación, el gobierno bonaerense y la distribuidora deberán poner en marcha las obras técnicas necesarias para bajar el arsénico a los valores reglamentarios y proteger la salud de la comunidad.
Qué dice cada medio
El Día: Enfocó la noticia directamente en la responsabilidad operativa de la empresa estatal ABSA y en el límite temporal de seis meses fijado para la ejecución de las obras.
La Nación: Puso el acento en la responsabilidad de la provincia de Buenos Aires sobre el acuífero y detalló las resoluciones administrativas específicas que habían flexibilizado los estándares del Código Alimentario.
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Fuentes consultadas
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