Iniciativas ciudadanas al Congreso: la Justicia Electoral permitirá sumar adhesiones de forma digital
La Cámara Nacional Electoral aprobó una herramienta propia y gratuita para reunir avales electrónicos a proyectos de ley sin eliminar el soporte en papel tradicional.
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Lo central · para leer en 30 segundos
- La Cámara Electoral creó un sistema informático gratuito para sumar firmas electrónicas a proyectos de ley presentados bajo el régimen de iniciativa popular.
- La herramienta convivirá con las planillas físicas y no altera la exigencia legal de conseguir al menos el 1,5% del padrón en seis distritos.
- El mecanismo excluye temas penales, impositivos, presupuestarios, tratados internacionales y reformas a la Constitución Nacional, según fija la legislación vigente.
- El tribunal electoral gestionará el soporte tras verificar con éxito una prueba piloto iniciada en mayo de este año junto a una organización civil.
Reglas vigentes y materias excluidas
La Cámara Nacional Electoral aprobó este jueves la creación de una plataforma digital para recolectar adhesiones ciudadanas a través de firma electrónica. La medida fue dispuesta mediante la acordada extraordinaria 173, suscripta por Daniel Bejas junto a los jueces Santiago Corcuera y Alberto Ricardo Dalla Via, con el objetivo de facilitar el impulso de proyectos de ley en el marco del régimen de iniciativa popular. La herramienta no sustituirá las planillas impresas, sino que funcionará como una vía complementaria y gratuita abierta a ciudadanos, partidos políticos y asociaciones civiles.
El procedimiento se apoya en lo dispuesto por el artículo 39 constitucional junto con la Ley 24.747, marco normativo que faculta a los electores a elevar propuestas directamente a la Cámara de Diputados. Para ingresar formalmente al Parlamento y obligar a su debate en comisiones en un plazo máximo de doce meses, los promotores deben recolectar firmas equivalentes a un piso del 1,5% del padrón electoral nacional utilizado en los últimos comicios legislativos, distribuidas en al menos seis distritos. En los proyectos de carácter regional, el porcentaje se aplica sobre las provincias involucradas. La legislación exige además la intervención previa de la Defensoría del Pueblo para verificar el resumen de la propuesta, rige un control por muestreo de firmas en veinte días y se descarta cualquier proyecto que supere un 5% de adhesiones falsas. Quedan excluidos los asuntos penales, impositivos, presupuestarios, tratados internacionales y reformas a la Carta Magna.
Garantías de seguridad y antecedentes
La administración, el mantenimiento y la supervisión del sistema estarán a cargo de la coordinación general del tribunal para sistemas informáticos electorales. La acordada, rubricada también por Sebastián Schimmel junto con Hernán Gonçalves Figueiredo, ambos secretarios, fundamentó que el entorno digital ofrece condiciones de trazabilidad, inmutabilidad e integridad superiores al soporte físico. Los magistrados sostuvieron que rige un principio de simetría funcional con la firma manuscrita según la Ley 25.506, siempre que se garantice la autenticidad e imposibilidad de repudio. Como parte de los requerimientos, los impulsores de cada proyecto deberán solicitar habilitación previa, transparentar los gastos de campaña y acreditar el origen de los recursos empleados.
La adopción definitiva de este instrumento surge como derivación de un ensayo piloto autorizado por el tribunal el 21 de mayo de 2026, desarrollado a partir de la propuesta de una organización no gubernamental. Las evaluaciones técnicas posteriores comprobaron que es factible asociar de manera segura la identidad del firmante con el documento suscripto, protegiendo al mismo tiempo los datos personales. Aunque la reglamentación ya fue emitida, la Justicia Electoral todavía no estableció el calendario formal de apertura para la ciudadanía ni los pasos informáticos específicos para registrar las adhesiones.
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