Política · · publicada · edición del miércoles 7

Plazo de cinco días a la Nación para blindar 15 años de registros de tierras bonaerenses

La Justicia platense ordenó al Ministerio de Justicia conservar las bases catastrales creadas bajo la derogada ley que regulaba la venta a extranjeros.

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Lo central · para leer en 30 segundos

  • El Juzgado Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata intimó al Poder Ejecutivo a detallar la última fecha de actualización de sus archivos catastrales.
  • La medida cautelar exige resguardar los registros dominiales acumulados desde 2011, tras la derogación de la norma dispuesta por el decreto 70/2023.
  • La Defensoría provincial advirtió sobre la pérdida de supervisión en partidos como Campana y Zárate, donde la titularidad foránea de campos supera el promedio provincial.
  • La magistrada remitió la inconstitucionalidad de fondo a los tribunales federales, pero dictó la tutela para evitar el extravío irreversible de datos.

El Juzgado Contencioso Administrativo 4 platense ordenó este miércoles al Gobierno nacional proteger y reportar toda la documentación catastral, registral y administrativa sobre tierras rurales bonaerenses. La magistrada Güendalina Sessarego otorgó cinco días de plazo a la cartera de Justicia para responder. Durante ese período, la cartera deberá precisar hasta qué fecha actualizó los registros oficiales y asegurar que los antecedentes acumulados desde 2011 se conserven de manera íntegra.

La medida judicial admitió parcialmente un amparo cautelar presentado por Guido Lorenzino, titular de la Defensoría del Pueblo bonaerense. La presentación cuestionó el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, mediante el cual el Poder Ejecutivo derogó la Ley 26.737 de Tierras Rurales. Según argumentó el organismo provincial, la supresión de la norma desmanteló el mapa dominial oficial y eliminó las restricciones que limitaban la compra de campos por parte de titulares extranjeros, dejando sin control las transacciones inmobiliarias.

La jueza se declaró incompetente para resolver la inconstitucionalidad del decreto, discusión que remitió a la Justicia Federal en el marco de litigios que ya involucran a la Corte Suprema. Sin embargo, concedió una tutela urgente para resguardar los datos mientras se traslada el expediente. Sessarego fundamentó que el extravío de los registros recopilados durante casi 15 años provocaría un daño irreversible para el desarrollo sustentable. En su fallo, subrayó que el acceso a la información ambiental cuenta con amparo en lo consagrado por la Constitución Nacional en su artículo 41 y en los principios precautorios de la Ley General del Ambiente.

El reclamo puso especial foco en zonas con fuerte concentración foránea, como Campana y Zárate, donde el dominio foráneo sobre el suelo rural excede el promedio provincial. Para la Defensoría, la falta de seguimiento estatal impide evaluar el impacto acumulativo de las operaciones comerciales sobre los recursos naturales. Resulta inadmisible que por flexibilizar o desatender las inspecciones la ciudadanía bonaerense desconozca qué ocurre con la soberanía del suelo rural y los recursos naturales, afirmó Lorenzino, quien remarcó que resguardar estos datos resulta imprescindible para la planificación territorial de las futuras generaciones.

Qué dice cada medio

El Cronista: Detalla la declaración de incompetencia de la jueza Güendalina Sessarego sobre el DNU para girar el expediente a la Justicia Federal.

Ámbito: Enmarca el fallo dentro del conflicto judicial más amplio contra el decreto 70/2023, que ya cuenta con causas ante la Corte Suprema.

Canal 26: Pone el foco en el riesgo que genera la desregulación para la soberanía de los recursos naturales y la sustentabilidad ambiental bonaerense.

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El Día: Sintetiza la decisión judicial subrayando el fin del mapa dominial, los mecanismos de supervisión y las trabas a inversores foráneos.

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