Economía · · publicada · edición del lunes 5

Las empresas liquidarán Ganancias por la web de ARCA y el esquema será obligatorio en 2027

La agencia recaudadora habilitó una plataforma digital para personas jurídicas que convivirá con el aplicativo tradicional hasta febrero del año próximo.

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  • La flamante plataforma online reemplazará al histórico aplicativo para sociedades y sujetos obligados a confeccionar balances contables comerciales.
  • El esquema funcionará de manera optativa desde el 19 de octubre próximo hasta el 28 de febrero del año que viene.
  • El nuevo mecanismo resultará de uso forzoso a partir del 1° de marzo para balances cerrados desde junio de 2026 inclusive.
  • Las declaraciones rectificativas deberán enviarse obligatoriamente por el mismo canal tecnológico que se utilizó durante la presentación original.

La ARCA oficializó este lunes el lanzamiento del servicio web "Ganancias Personas Jurídicas", un sistema informático destinado a confeccionar y liquidar las declaraciones juradas del gravamen. La medida quedó formalizada mediante la Resolución General 5908/2026, suscripta por el titular de la entidad, Andrés Edgardo Vázquez, y publicada hoy en el Boletín Oficial. La normativa busca sustituir progresivamente al aplicativo que operaba bajo el marco de la Resolución General 4626.

El cambio alcanzará a sociedades comerciales, empresas unipersonales, fideicomisos y demás contribuyentes obligados a presentar balances comerciales. De acuerdo con el cronograma oficial, la flamante herramienta online estará habilitada a partir del próximo 19 de octubre. A partir de esa fecha comenzará una etapa de transición de algo más de cuatro meses, durante la cual los usuarios podrán elegir libremente entre el entorno digital y el software tradicional para cargar sus obligaciones.

Esa convivencia concluirá el 28 de febrero de 2027. A partir de marzo de 2027, desde el día 1°, el entorno web resultará excluyente y obligatorio para confeccionar los balances de ejercicios cerrados desde junio de 2026 inclusive. Para acceder a la plataforma, las empresas necesitarán ingresar con Clave Fiscal que acredite un nivel de seguridad 2 o superior. Por el contrario, los ejercicios fiscales que hayan cerrado con anterioridad a junio de 2026 deberán continuar tramitándose mediante el aplicativo anterior.

Respecto de las declaraciones rectificativas, el organismo recaudador estableció una pauta estricta: deberán tramitarse a través del mismo canal por el que se despachó la presentación original. Según consignó iProfesional, el consultor tributario Ignacio Barrios advirtió que la transición exigirá verificar minuciosamente la fecha de cierre contable y la vía tecnológica empleada. El especialista valoró que la fase voluntaria brindará margen para evaluar la agilidad en la carga de información y la importación de papeles de trabajo.

ARCA fundamentó la actualización dentro de su plan general de modernización, simplificación y optimización de trámites fiscales, e informó que los detalles operativos estarán en su micrositio institucional. Como dato complementario de la jornada, La Gaceta reportó que el organismo también actualizó el esquema de comisiones para la devolución de IVA a turistas extranjeros, mediante la Disposición 10/2026, estableciendo reintegros del 13% para gastos de entre 70 y 570.000 pesos en productos nacionales.

Qué dice cada medio

iProfesional: Sumó el análisis técnico del consultor Ignacio Barrios sobre las precauciones que deberán tomar los contadores con las fechas de cierre y los papeles de trabajo.

La Gaceta: Agregó información sobre otra disposición oficializada en la misma jornada relativa al régimen de devolución de IVA a turistas extranjeros.

Ámbito: Focalizó su cobertura en una guía explicativa paso a paso sobre los plazos de vigencia, excepciones y requisitos de acceso.

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