Economía · · publicada · edición del miércoles 30

Pagar la deuda exime de juicio penal: ARCA definió las condiciones para no denunciar a contribuyentes

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero fijó el mecanismo administrativo que permite a los deudores evitar denuncias judiciales si cancelan sus obligaciones fiscales bajo la Ley de Inocencia Fiscal.

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Lo central

  • La Disposición 125/2026 oficializó las directivas para determinar si corresponde llevar casos tributarios ante los tribunales penales.
  • Los contribuyentes investigados podrán clausurar la persecución judicial si abonan la totalidad de lo adeudado junto con un recargo adicional del 50%.
  • El organismo recaudador también fijó parámetros propios para descartar denuncias tras auditar inconsistencias originadas a partir de presunciones fiscales.
  • Esta normativa sustituye el régimen implementado en 2018 para amoldar los procedimientos a la reciente Ley 27.799.

Qué dice cada medio

iProfesional: Puso el acento en la exigencia de abonar un 50% extra sobre la deuda y en el criterio de auditoría sobre presunciones fiscales.

Ámbito: Detalló que la resolución lleva la firma de Andrés Edgardo Vázquez y modifica los parámetros procesales vigentes desde 2018.

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