No se pueden prohibir posteos ni críticas: la Corte anuló una cautelar entre influencers
El máximo tribunal determinó que exigir el borrado de publicaciones o vedar menciones futuras en redes lesiona de manera indebida la libertad de expresión.
2 medios de 2 grupos· ver fuentesLo central
- El tribunal revocó una orden judicial que exigía suprimir contenidos y prohibía emitir comentarios futuros hacia otra creadora de contenido.
- Los magistrados consideraron que la restricción impuesta era imprecisa y amenazaba con provocar autocensura en el resto de los usuarios.
- La disputa legal enfrentó a Candela Sánchez contra Mariana Núñez tras acusaciones vinculadas a presunto hostigamiento en plataformas digitales.
- El fallo subrayó que los límites a la difusión de opiniones son de interpretación restrictiva y cargan con presunción de inconstitucionalidad.
Qué dice cada medio
Clarín: Puso el acento en la advertencia sobre el riesgo inhibitorio para el resto de los usuarios y el criterio contra la censura previa.
La Nación: Destacó la colisión jurídica entre honor e intimidad frente a la expresión, remarcando que la cautelar anulada alcanzaba también a los seguidores.
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Fuentes consultadas
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- La Nación
- Clarín